miércoles, 26 de septiembre de 2012

Preguntas Primer Parcial Penal I

   
1. ¿Qué es el Derecho Penal?
2. ¿Qué es Derecho Penal Subjetivo?
3. ¿Qué es Derecho Penal Objetivo?
4. Algunas denominaciones del Derecho Penal, ¿Cuál es el más utilizado?
5. Señale sus características
6. ¿Que entendemos cuando decimos que el Derecho Penal es personalísimo?
7. El Derecho Penal Adjetivo, consiste en …
8. Derecho Penal Sustantivo son…
9. Elementos del Derecho Penal
10. Fuentes del Derecho Penal (citar)
11. La Fuente de Producción del Derecho Penal es …
12. Citar Fuentes indirectas del Derecho Penal
13. ¿Qué es la Jurisprudencia?
14. ¿Cuáles son las Ciencias Penales? 
15. Breve evolución del Derecho Penal (Historia)
16. Fue un avance o un retroceso la Ley del Talión
17. En la Venganza Privada había proporción entre la ofensa y el castigo, ¿Por qué? 
18. ¿Qué era la Composición?
19. ¿En que periodo de la Venganza, el daño se convierte en delito?
20. ¿En que Derecho Penal, se implantó la Tregua de Dios y en que consistía?
21. ¿Qué acontecimiento, dio inicio al gran cambio, en las cárceles del siglo XVIII en adelante?
22. ¿Cuáles los principios que propugnaba  Beccaria?
23. Postulados de la Escuela Clásica (solo citar), un representante
24. Fundamentos, de la Escuela Positiva
25. ¿Qué conductas sancionaba el Derecho Penal Aymara?
26. Penas en el D.P.A.
27. ¿Quién era el Jilakata y quien era el Kamana?, ¿éste último que materia de justicia  administraba?
28. En el D.P.Q., delito y sacrilegio era consideradas iguales, ¿por qué?
29. ¿Qué delitos se castigaban y que Penas se imponían en el D.P.Q.?
30. ¿Qué  es la ley penal?
31. Caracteres de la Ley Penal
32. Siendo obligatoria la Ley Penal, quienes deben acatarla
33. Ley Penal en Blanco
34. ¿Cuál  es el Principio de Legalidad?, explique,  desarrolle
35. El Principio de Lesividad, consiste en …
36. ¿Dónde se origina  la Ley Penal? y  nacen en virtud de su ...
37. Promulgación, concepto
38. Publicación, concepto
39. ¿Qué  tiempo está  vigente una Ley Penal?
40. ¿Qué es abrogar una Ley?
41. Derogar, en que consiste, cuantas formas  conocemos
42. Explique qué es una Ley Temporal y qué una Ley Excepcional
43. ¿Qué es la irretroactividad de una ley?
44. ¿En qué  materias es retroactiva la ley en Bolivia?
45. Retroactividad de la ley más benigna, ¿por qué?
46. Una sentencia judicial es  llamada “Cosa Juzgada”, cuando…
47. Las leyes excepcionales y temporales, son retroactivas, por qué
48. Desarrolle el principio de Territorialidad
49. Principio Real
50. Principio de Personalidad
51. ¿Qué es la Extradición?,  sus clases
52. ¿Cómo  se tramita la Extradición en Bolivia?
53. Hay extradición por delitos políticos, ¿por qué?
54. Se puede extraditar a un delincuente para que le apliquen la pena capital
55. ¿Qué  es el Asilo?, por qué se otorga
56. Somos todos los bolivianos iguales ante la ley, y los extranjeros
57. ¿En Bolivia se reconocen fueros y privilegios personales?
58. ¿Qué es la inmunidad?
59. ¿En qué consiste la Inmunidad Parlamentaria?
60. ¿En Bolivia, los asambleístas tienen inmunidad?
61. La Inmunidad Diplomática, consiste en …
62. ¿Qué es Inmunidad Penal?
63. Concepto de Fuero
64. ¿Qué es Caso de Corte?

jueves, 20 de septiembre de 2012

El Cuerpo de los Condenados


El derecho y la justicia del Antiguo Régimen
Referencia del texto:
FOUCAULTMichel (1976): Vigilar y Castigar, México, Siglo veintiuno, pp. 11 y ss. 



El texto que presentamos a continuación pone en evidencia -de un modo impactante, con toda su crudeza- el cambio habido entre la forma de castigar tal como se practicaba en el Antiguo Régimen (concretamente a mediados del siglo XVIII en Francia)  y en la primera mitad del siglo XIX. Como el propio Foucault sugiere, el paso de una penalidad a otra supone como aspecto más destacado -más allá de la "humanización" de los métodos-  la desaparición de los suplicios y del espectáculo. Es decir, la conversión del castigo en "la parte más oculta del proceso penal".
·  El caso Damiens, se produce en 1757. Se puede consultar la página del Ministère de la Justice francés donde se presentan algunos datos ampliatorios.


"1. EL CUERPO DE LOS CONDENADOS
Damiens fue condenado, el 2 de marzo de 1757, a "pública retractación ante la puerta principal de la Iglesia de París", adonde debía ser "llevado y conducido en una carreta, desnudo, en camisa, con un hacha de cera encendida de dos libras de peso en la mano"; después, "en dicha carreta, a la plaza de Gréve, y sobre un cadalso que allí habrá sido levantado [deberán serle] atenaceadas las tetillas, brazos, muslos y pantorrillas, y su mano derecha, asido en ésta el cuchillo con que cometió dicho parricidio,* quemada con fuego de azufre, y sobre las partes atenaceadas se le verterá plomo derretido, aceite hirviendo, pez resina ardiente, cera y azufre fundidos juntamente, y a continuación, su cuerpo estirado y desmembrado por cuatro caballos y sus miembros y tronco consumidos en el fuego, reducidos a cenizas y sus cenizas arrojadas al viento".1
"Finalmente, se le descuartizó, refiere la Gazette d'Amsterdam.Esta última operación fue muy larga, porque los caballos que se utilizaban no estaban acostumbrados a tirar; de suerte que en lugar de cuatro, hubo que poner seis, y no bastando aún esto, fue forzoso para desmembrar los muslos del desdichado, cortarle los nervios y romperle a hachazos las coyunturas...
"Aseguran que aunque siempre fue un gran maldiciente, no dejó escapar blasfemia alguna; tan sólo los extremados dolores le hacían proferir horribles gritos y a menudo repetía: 'Dios mío, tened piedad de mi; Jesús, socorredme.' Todos los espectadores quedaron edificados de la solicitud del párroco de Saint-Paul, que a pesar de su avanzada edad, no dejaba pasar momento alguno sin consolar al paciente."
Y el exento ** Bouton: "Se encendió el azufre, pero el fuego era tan pobre que sólo la piel de la parte superior de la mano quedó no más que un poco dañada. A continuación, un ayudante, arremangado por encima de los codos, tomó unas tenazas de acero hechas para el caso, largas de un pie y medio aproximadamente, y le atenaceó primero la pantorrilla de la pierna derecha, después el muslo, de ahí pasó a las dos mollas del brazo derecho, y a continuación a las tetillas. A este oficial, aunque fuerte y robusto, le costó mucho trabajo arrancar los trozos de carne que tomaba con las tenazas dos y tres veces del mismo lado, retorciendo, y lo que sacaba en cada porción dejaba una llaga del tamaño de un escudo de seis libras.***
"Después de estos atenaceamientos, Damiens, que gritaba mucho aunque sin maldecir, levantaba la cabeza y se miraba. El mismo atenaceador tomó con una cuchara de hierro del caldero mezcla hirviendo, la cual vertió en abundancia sobre cada llaga. A continuación, ataron con soguillas las cuerdas destinadas al tiro de los caballos, y después se amarraron aquéllas a cada miembro a lo largo de los muslos, piernas y brazos.
"El señor Le Breton, escribano, se acercó repetidas veces al reo para preguntarle si no tenía algo que decir. Dijo que no; gritaba como representan a los condenados, que no hay cómo se diga, a cada tormento: '¡Perdón, Dios mío! Perdón, Señor.' A pesar de todos los sufrimientos dichos, levantaba de cuando en cuando la cabeza y se miraba valientemente. Las sogas, tan apretadas por los hombres que tiraban de los cabos, le hacían sufrir dolores indecibles. El señor Le Breton se le volvió a acercar y le preguntó si no quería decir nada; dijo que no. Unos cuantos confesores se acercaron y le hablaron buen rato. Besaba de buena voluntad el crucifijo que le presentaban; tendía los labios y decía siempre: 'Perdón, Señor.'
"Los caballos dieron una arremetida, tirando cada uno de un miembro en derechura, sujeto cada caballo por un oficial. Un cuarto de hora después, vuelta a empezar, y en fin, tras de varios intentos, hubo que hacer tirar a los caballos de esta suerte: los del brazo derecho a la cabeza, y los de los muslos volviéndose del lado de los brazos, con lo que se rompieron los brazos por las coyunturas. Estos tirones se repitieron varias veces sin resultado. El reo levantaba la cabeza y se contemplaba. Fue preciso poner otros dos caballos delante de los amarrados a los muslos, lo cual hacia seis caballos. Sin resultado.
"En fin, el verdugo Samson marchó a decir al señor Le Breton que no había medio ni esperanza de lograr nada, y le pidió que preguntara a los Señores si no querían que lo hiciera cortar en pedazos. El señor Le Breton acudió de la ciudad y dio orden de hacer nuevos esfuerzos, lo que se cumplió; pero los caballos se impacientaron, y uno de los que tiraban de los muslos del supliciado cayó al suelo. Los confesores volvieron y le hablaron de nuevo. El les decía (yo lo oí): 'Bésenme, señores.' Y como el señor cura de Saint-Paul no se decidiera, el señor de Marsilly pasó por debajo de la soga del brazo izquierdo y fue a besarlo en la frente. Los verdugos se juntaron y Damiens les decía que no juraran, que desempeñaran su cometido, que él no los recriminaba; les pedía que rogaran a Dios por él, y recomendaba al párroco de SaintPaul que rezara por él en la primera misa.
"Después de dos o tres tentativas, el verdugo Samson y el que lo había atenaceado sacaron cada uno un cuchillo de la bolsa y cortaron los muslos por su unión con el tronco del cuerpo. Los cuatro caballos, tirando con todas sus fuerzas, se llevaron tras ellos los muslos, a saber: primero el del lado derecho, el otro después; luego se hizo lo mismo con los brazos y en el sitio de los hombros y axilas y en las cuatro partes. Fue preciso cortar las carnes hasta casi el hueso; los caballos, tirando con todas sus fuerzas, se llevaron el brazo derecho primero, y el otro después.
"Una vez retiradas estas cuatro partes, los confesores bajaron para hablarle; pero su verdugo les dijo que había muerto aunque la verdad era que yo veía al hombre agitarse, y la mandíbula inferior subir y bajar como si hablara. Uno de los oficiales dijo incluso poco después que cuando levantaron el tronco del cuerpo para arrojarlo a la hoguera, estaba aún vivo. Los cuatro miembros, desatados de las sogas de los caballos, fueron arrojados a una hoguera dispuesta en el recinto en línea recta del cadalso; luego el tronco y la totalidad fueron en seguida cubiertos de leños y de fajina, y prendido el fuego a la paja mezclada con esta madera.
En cumplimiento de la sentencia, todo quedó reducido a cenizas. El último trozo hallado en las brasas no acabó de consumirse hasta las diez y media y más de la noche. Los pedazos de carne y el tronco tardaron unas cuatro horas en quemarse. Los oficiales, en cuyo número me contaba yo, así como mi hijo, con unos arqueros a modo de destacamento, permanecimos en la plaza hasta cerca de las once.
"Se quiere hallar significado al hecho de que un perro se echó a la mañana siguiente sobre el sitio donde había estado la hoguera, y ahuyentado repetidas veces, volvía allí siempre. Pero no es difícil comprender que el animal encontraba aquel lugar más caliente." 3
Tres cuartos de siglo más tarde, he aquí el reglamento redactado por Léon Faucher "para la Casa de jóvenes delincuentes de París": 4
"ART. 17. La jornada de los presos comenzará a las seis de la mañana en invierno, y a las cinco en verano. El trabajo durará nueve horas diarias en toda estación. Se consagrarán dos horas al día a la enseñanza. El trabajo y la jornada terminarán a las nueve en invierno, y a las ocho en verano.
ART. 18. Comienzo de la jornada. Al primer redoble de tambor, los presos deben levantarse y vestirse en silencio, mientras el vigilante abre las puertas de las celdas. Al segundo redoble, deben estar en pie y hacer su cama. Al tercero, se colocan en fila para ir a la capilla, donde se reza la oración de la mañana. Entre redoble y redoble hay un intervalo de cinco minutos.
ART. 19. La oración la hace el capellán y va seguida de una lectura moral o religiosa. Este ejercicio no debe durar más de media hora.
ART. 20. Trabajo. A las seis menos cuarto en verano, y a las siete menos cuarto en invierno, bajan los presos al patio, donde deben lavarse las manos y la cara y recibir la primera distribución de pan. Inmediatamente después, se forman por talleres y marchan al trabajo, que debe comenzar a las seis en verano y a las siete en invierno.
ART. 21. Comida. A las diez, abandonan los presos el trabajo para pasar al refectorio; van a lavarse las manos en los patios, y a formarse por divisiones. Después del almuerzo, recreo hasta las once menos veinte.
ART. 22. Escuela. A las once menos veinte, al redoble del tambor, se forman las filas y se entra en la escuela por divisiones. La clase dura dos horas, empleadas alternativamente en la lectura, la escritura, el dibujo lineal y el cálculo.
ART. 23. A la una menos veinte, abandonan los presos la escuela, por divisiones, y marchan a los patios para el recreo. A la una menos cinco, al redoble del tambor, vuelven a formarse por talleres.
ART. 24. A la una, los presos deben marchar a los talleres: el trabajo dura hasta las cuatro.
ART. 25. A las cuatro se abandonan los talleres para marchar a los patios, donde los presos se lavan las manos y se forman por divisiones para el refectorio.
ART. 26. La comida y el recreo que la sigue duran hasta las cinco; en este momento los presos vuelven a los talleres.
ART. 27. A las siete en verano, y a las ocho en invierno, cesa el trabajo; se efectúa una última distribución de pan en los talleres. Un preso o un vigilante hace una lectura de un cuarto de hora que tenga por tema algunas nociones instructivas o algún rasgo conmovedor y a la que sigue la oración de la noche.
ART. 28. A las siete y media en verano, y a las ocho y media en invierno, los presos deben hallarse en sus celdas, después de lavarse las manos y de haber pasado la inspección de las ropas hecha en los patios. Al primer redoble de tambor, desnudarse, y al segundo, acostarse. Se cierran las puertas de las celdas y los vigilantes hacen la ronda por los corredores, para cerciorarse del orden y del silencio."
He aquí pues, un suplicio y un empleo del tiempo. No sancionan los mismos delitos, no castigan el mismo género de delincuentes. Pero definen bien, cada uno, un estilo penal determinado. Menos de un siglo los separa. Es la época en que fue redistribuida, en Europa y en los Estados Unidos, toda la economía del castigo. Época de grandes "escándalos" para la justicia tradicional, época de los innumerables proyectos de reforma; nueva teoría de la ley y del delito, nueva justificación moral o política del derecho de castigar; abolición de las viejas ordenanzas, atenuación de las costumbres; redacción de los códigos "modernos": Rusia, 1769; Prusia, 1780; Pensilvania y Toscana, 1786; Austria, 1788; Francia, 1791, Año IV, 1808 y 1810. Por lo que toca a la justicia penal una nueva era.
Entre tantas modificaciones, señalaré una: la desaparición de los suplicios. Existe hoy cierta inclinación a desdeñarla; quizá, en su época, dio lugar a demasiadas declamaciones; quizá se atribuyó demasiado fácilmente y con demasiado énfasis a una "humanización" que autorizaba a no analizarla. Y de todos modos, ¿cuál es su importancia, si se la compara con las grandes transformaciones institucionales, con los códigos explícitos y generales, con las reglas unificadas de procedimiento; la adopción casi general del jurado, la definición del carácter esencialmente correctivo de la pena, o también esa gran tendencia, que no cesa de acentuarse desde el siglo XIX, a modular los castigos de acuerdo con los individuos culpables? Unos castigos menos inmediatamente físicos, cierta discreción en el arte de hacer sufrir, un juego de dolores más sutiles, más silenciosos, y despojados de su fasto visible, ¿merece todo esto que se le conceda una consideración particular, cuando no es, sin duda, otra cosa que el efecto de reordenaciones más profundas? Y, sin embargo, tenemos un hecho: en unas cuantas décadas, ha desaparecido el cuerpo supliciado, descuartizado, amputado, marcado simbólicamente en el rostro o en el hombre expuesto vivo o muerto, ofrecido en espectáculo. Ha desaparecido el cuerpo como blanco mayor de la represión penal.
 
* Parricidio, por ser contra el rey, a quien se equipara al padre. [T.]
1 Piéces originales et procédures du procés fait a Robert-Frangois Damiens, 1757, t. xxi, PP. 372-374.
2 Gazette d'Amsterdam, 1 de abril de 1757.
** Exento: oficial de ciertos cuerpos, inferior al alférez y superior al brigadier. [T.]
*** Escudo de seis libras: cierta moneda de la época. [T.]
3 Citado en A. L. Zevaes, Damiens le régicide, 1937, PP. 201-214.
4 La Faucher, De la réforme des prisons, 1838, PP. 274-282."